Las garantía que darán los talleres de reparación de vehículos en 2022 será de 3 meses o 2000 Kilómetros recorridos, como norma general.
Este requisito estará vigente a partir del 1 de enero de 2022 y empezarán a aplicarse los nuevos requerimientos legales que recoge el Real Decreto Ley 7/2021 del 27 de Abril, transposición de directivas de la Unión Europea.
Desde el día 1 de enero 2022 el consumidor se beneficiará de la garantía mínima de tres años si el producto es nuevo, 2 si es un producto digital o 1 año previo acuerdo si es de segunda mano. El plazo de presinscripción será de cinco años desde la entrega del producto (actualmente en tres años).
Garantía de 3 meses o 2000Km para los vehículos recien sacados del taller mecánico. Las reparaciones que se realicen a partir del inicio del año 2022 y desde el momento de la reparación se acogen a estos plazos salvo que las piezas tengan un plazo de garantía superior.
El plazo empieza a partir de la fecha de entrega del vehículo al consumidor y tendrá dicha validez siempre que el mismo no sea manipulado o vuelto a reparar por terceros desde su entrega.
Cuando no será válida la nueva garantía de 2022 para talleres de reparación de vehículos
La garantía dejará de ser válida, y en ningún caso el taller se hará responsable de una avería reincidente, cuando la reparación guarde relación con una o varias reparaciones efectuadas anteriormente y que el fallo mecánico proceda de anomalías o averías comunicadas previamente sin que el usuario haya aceptado reparar.
¿Qué pasa cuando el producto de sustitución está defectuoso?
Si alguno de los repuestos usados en la reparación estuviese defectuoso, el usuario tendrá derecho a la sustitución del producto en mal estado, a la reparación que esto haya podido ocasionar en consecuencia y a una indemnización por daños y prejuicios derivados, sin opción a renunciar y con independencia de la posibilidad de exigir otras responsabilidades por falta de conformidad o incumplimiento.
Además el consumifor tiene derecho a la reparación o sustitución de los elementos dañados con una plazo de tres años para hacer la reclamación, con opción a elegir la mejor solución.
Si opta por una reparación y tras esta el vehículo sigue presentando anomalías, el usuario puede exigir la sustitución, rebaja del precio o resolución del contrato con las consecuencias pertinentes acordes a la Ley.
El taller está obligado a hacer una reparación o sustitución de manera gratuita, en un plazo aceptable y sin demoras. Durante el proceso de reparación, el plazo queda suspendido. El taller debe justificar con documentación que la entrega del producto ha quedado reparado o sustituido satisfactoriamente, donde se refleja la fecha de la entrega en perfectas condiciones.